

Derechos y Obligaciones de los Cooperativistas.
Cooperativa Esfuerzo Langueño Ltda. comparte los Derechos y Obligaciones de los Cooperativistas con el fin de informar y contribuir a la formación de los Cooperativistas.
DERECHOS DE LOS COOPERATIVISTAS
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A que se les le proporcione información documental o electrónica, según lo autorice el Cooperativista sobre los términos y condiciones del servicio y/o producto financiero que pretende adquirir. De igual forma, a ser asesorados sobre las consecuencias del incumplimiento parcial o total de los contratos suscritos.
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Recibir un trato diligente y respetuoso por parte del Personal de la CACEL, desde que se solicita la información y durante la obtención de la prestación de los servicios o productos.
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Ser atendidos en el menor tiempo posible, independientemente del tipo de transacción u operación que realicen.
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La publicidad difundida por la CACEL debe ser clara, veraz y precisa de acuerdo con las condiciones contractuales de los productos y servicios ofrecidos al Cooperativista. y que la misma no induzca a engaño, error y confusión a los Cooperativistas.
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Recibir copia del contenido íntegro de toda la documentación: Contrato, Plan de Pago o de otro documento que acredite la prestación de un servicio o producto entre la Institución y el afiliado, al igual que el comprobante de pago correspondiente al producto o servicio pactado, en cualquier momento y en forma gratuita. Pudiendo entregarse de forma impresa o digital, según lo indique por escrito el cooperativista.
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Conocer y tener acceso a la información de forma clara, y fácil de identificación sobre el cálculo de tasas de interés tanto nominal como efectiva, comisiones y otros conceptos, así como el Costo Anual Total (CAT) del crédito.
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Contratar servicios y productos con plena libertad, sin presión de ninguna naturaleza.
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Recibir justificación de las cooperativas sobre la negativa en la prestación de servicios o productos solicitados, la cual no podrá fundamentarse en un tratamiento discriminatorio, a excepción de aquellos casos en que la negativa esté basada en el cumplimiento de requisitos dispuestos en el marco legal y políticas internas que le fuera aplicable.
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Suscribir contratos de adhesión conforme lo establecido en el marco regulatorio y normativo correspondiente, que no contengan prácticas y cláusulas abusivas.
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Disponer del dinero depositado, por lo que se prohíbe negar el acceso a los recursos depositados, a excepción de depósitos pignorados por operaciones de crédito, o por disposición establecida en ley, por lo que no se podrá aplicar cargos por inactividad de cuentas o mantenimiento de saldo menores a los requeridos. Mismos que pueden ser contratados por canales electrónicos, con igual efecto y consecuencias que los contratos celebrados de forma ordinaria.
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Cancelar anticipadamente el saldo de las operaciones activas total o parcialmente, con la consiguiente aplicación de los intereses que correspondan a la fecha de cancelación y sin penalidad alguna; se exceptúa, cuando el monto a cancelar anticipadamente sea superior a cincuenta mil dólares (US$50,000.00) o su equivalente en Lempiras, calculada únicamente sobre el monto pagado por anticipado y sea acordado en el contrato respectivo;
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Cancelar anticipadamente el saldo de las operaciones pasivas total o parcialmente, con la aplicación de los intereses que correspondan, para lo cual, se podrá establecer una penalidad únicamente sobre los intereses devengados; siempre y cuando, no afecte la liquidez de la cooperativa, conforme a las Normas que emita el Ente Regulador sobre la materia. Asimismo, con relación a las aportaciones que forman parte del patrimonio, podrán ser retiradas siempre y cuando no se disminuya el índice de solvencia patrimonial requerido para las cooperativas;
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Poner a disposición los contratos y sus anexos, escritos de forma clara, con caracteres legibles y de fácil comprensión;
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No efectuar cobros por gastos de cobranza extrajudicial, sin haber sido informado previamente de los mecanismos a emplearse y los conceptos por los que se cobrarán los mismos; y siendo necesario que se haya realizado una actividad concreta en la gestión de cobro. Dichos conceptos deberán estar contenidos en el contrato y puestos en conocimiento del usuario al momento de la contratación;
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Las gestiones de cobro se realizarán de manera respetuosa y en horarios adecuados, evitando conductas o acciones que puedan afectarla intimidad personal y familiar del deudor.
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La información proporcionada a la Cooperativa, debe ser utilizada y administrada exclusivamente para los fines que se suministró, salvo, cuando la información deba proporcionarse en atención a un mandato judicial o en cumplimiento a una disposición contenida en el marco legal aplicable.
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Presentar reclamos, en primera instancia ante la Cooperativa y de no estar conforme con lo resuelto por ésta, podrá recurrir al Ente Regulador, quienes deberán tener una respuesta oportuna, por escrito y sin ningún costo para el cooperativista, teniendo el derecho a obtener el reembolso o devolución de los importes indebidamente cobrados en operaciones activas o pasivas, en la misma especie en la que se efectuaron los mismos.
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Acceder a la información de los registros que contengan sus datos personales; así como, a conocerla institución que lo reporta; y, a reclamarla inmediata rectificación o, en su caso, la cancelación de aquellos registros que sean producto de omisión, error o requieran ser actualizados;
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Recibir el mismo trato, de aquellos que presentaron su reclamo y obtuvieron una compensación o indemnización de parte de la Cooperativa, cuando el motivo del reclamo sea una acción que generó una ganancia indebida y que la misma afecta al resto de los cooperativistas, sin que para ello tenga que presentar un reclamo; y,
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Recibir educación financiera por parte de las cooperativas, que les permita mejorar su entendimiento sobre los productos y servicios financieros; así como, desarrollar habilidades para la toma de decisiones, previamente informados, misma que debe abarcar a los potenciales cooperativistas.
OBLIGACIONES DE LOS COOPERATIVISTAS
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Conocer los derechos y obligaciones que se derivan de ser un Cooperativista y de lo establecido en los contratos suscritos.
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Cumplir con lo pactado en la forma, plazos y condiciones establecidas en los contratos suscritos; siempre que lo pactado esté conforme a los principios de transparencia contenidos en las presentes Normas y sobre otras disposiciones legales que al efecto emita el Ente Regulador;
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Proporcionar a la Cooperativa información completa, veraz, íntegra y confiable.
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Brindar un trato respetuoso al personal de las cooperativas.
